TEXTO 2
Suma
teológica, parte 1ª de la 2ª parte, cuest. 94, art. 2
CUESTIÓN 94
De la ley
natural
Artículo 2. La ley natural, ¿comprende muchos preceptos o uno solamente?
A. Discusión
Argumentos a
favor de que la ley natural comprende solamente un precepto, y no
muchos.
1. Como ya vimos (q. 92, a. 2), la ley
pertenece al género del precepto. Luego si hubiera muchos preceptos en la ley
natural se seguiría que también serían muchas las leyes naturales.
2. La ley natural es algo consiguiente a la naturaleza humana.
Mas la naturaleza humana, aunque es una considerada como un todo, es múltiple en
sus partes. Por eso, la ley natural, o bien consta de un solo precepto por la
unidad de la naturaleza humana como un todo, o bien consta de muchos por la
multiplicidad de la naturaleza humana en sus partes. Pero en este caso también
las inclinaciones de la parte concupiscible deberían pertenecer a la ley
natural.
3. La ley, como ya vimos (q. 90, a. 1) es cosa
de la razón. Pero la razón en el hombre es una sola. Luego la ley natural solo
tiene un precepto.
Argumento en contra: consta
que los preceptos de la ley natural son en el orden práctico lo que son los
primeros principios en el orden de la demostración. Pero estos primeros
principios son muchos. Luego también son múltiples los preceptos de la ley
natural.
B. Respuesta
Como ya dijimos
(q. 91, a. 3), los preceptos de la ley natural son, en el orden práctico, lo que
los primeros principios de la demostración en el orden especulativo, pues unos y
otros son evidentes por sí mismos.
Ahora bien, esta
evidencia puede entenderse en dos sentidos: en absoluto y en relación a
nosotros. De manera absoluta es evidente por sí misma cualquier proposición cuyo
predicado pertenece a la esencia del sujeto; pero tal proposición puede no ser
evidente para alguno, porque ignora la definición de su sujeto.
Así, por ejemplo, la enunciación “el hombre es racional” es evidente por
naturaleza, porque el que dice hombre dice racional; sin embargo, no es evidente
para quien desconoce lo que es el hombre. De aquí que, según expone Boecio en su
obra (De hebdomadibus), hay axiomas o proposiciones que son evidentes por
sí mismas para todos; y tales son aquellas cuyos términos son de todos
conocidos, como “el todo es mayor que la parte” o “dos cosas iguales a una
tercera son iguales entre sí”. Y hay proposiciones que son evidentes por sí
mismas sólo para los sabios, que entienden la significación de sus términos. Por
ejemplo, para el que sabe que el ángel no es corpóreo y entiende lo que esto
significa, resulta evidente que el ángel no esta circunscrito a un lugar; mas no
así para el indocto, que desconoce el sentido estricto de estos términos.
Ahora bien, entre las cosas que son conocidas de todos hay un
cierto orden. Porque lo primero que alcanza nuestra aprehensión es el ente, cuya
noción va incluida en todo lo que el hombre aprehende. Por eso, el primer
principio indemostrable es que “no se puede afirmar y negar a la vez una misma
cosa”, principio que se funda en las nociones de ente y no-ente y sobre el cual
se asientan todos los demás principios, según se dice en el libro IV de la
Metafísica. Mas así como el ente es la noción absolutamente primera del
conocimiento, así el bien es lo primero que se alcanza por la aprehensión de la
razón práctica, ordenada a la operación; porque todo agente obra por un fin, y
el fin tiene razón de bien. De ahí que el primer principio de la razón práctica
es el que se funda sobre la noción de bien, y se formula así: “el bien es lo que
todos apetecen”. En consecuencia, el primer precepto de la ley es éste: “El bien
ha de hacerse y buscarse; el mal ha de evitarse”. Y sobre éste se fundan todos
los demás preceptos de la ley natural, de suerte que cuanto se ha de hacer o
evitar caerá bajo los preceptos de esta ley en la medida en que la razón
práctica lo capte naturalmente como bien humano.
Por
otra parte, como el bien tiene razón de fin, y el mal, de lo contrario, síguese
que todo aquello a lo que el hombre se siente naturalmente inclinado lo
aprehende la razón como bueno y, por ende, como algo que debe ser procurado,
mientras que su contrario lo aprehende como mal y como vitando. De aquí que el
orden de los preceptos de la ley natural sea correlativo al orden de las
inclinaciones naturales. Y así encontramos, ante todo, en el hombre una
inclinación que le es común con todas las sustancias, consistente en que toda
sustancia tiende por naturaleza a conservar su propio ser. Y de acuerdo con esta
inclinación pertenece a la ley natural todo aquello que ayuda a la conservación
de la vida humana e impide su destrucción. En segundo lugar, encontramos en el
hombre una inclinación hacia bienes más determinados, según la naturaleza que
tiene en común con los demás animales. Y a tenor de esta inclinación se
consideran de ley natural las cosas que la naturaleza ha enseñado a todos los
animales, tales como la conjunción de los sexos, la educación de los hijos y
otras cosas semejantes. En tercer lugar, hay en el hombre una inclinación al
bien correspondiente a la naturaleza racional, que es la suya propia, como es,
por ejemplo, la inclinación natural a buscar la verdad acerca de Dios y a vivir
en sociedad. Y según esto, pertenece a la ley natural todo lo que atañe a esta
inclinación, como evitar la ignorancia, respetar a los conciudadanos y todo lo
demás relacionado con esto.
C. A los argumentos a favor de que hay solamente un precepto
se responde:
1. Que todos estos preceptos de la ley
natural constituyen una ley natural única en cuanto se reducen a un único primer
precepto.
2. Que todas las inclinaciones de cualquiera
de las partes de la naturaleza humana, como la concupiscible y la irascible, en
la medida en que se someten al orden de la razón, pertenecen a la ley natural y
se reducen a un único primer precepto, como acabamos de decir (respuesta
anterior). Y así, los preceptos de la ley natural, considerados en sí mismos,
son muchos, pero todos ellos coinciden en la misma raíz.
3. Que aunque es una en sí misma, la razón ha de poner orden en todos
los asuntos que atañen al hombre. Y en este sentido caen bajo la ley de la razón
todas las cosas que son susceptibles de una ordenación racional.
Santo Tomás de Aquino: Suma teológica. B.A.C., Madrid